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Fue creado para realizar la coordinación de
las actividades de las empresas de generación y transmisión en el marco
regulatorio del Subsector Eléctrico establecido en la Resolución No. 235 de la
Secretaría de Estado de Industria y Comercio de fecha 29 de octubre de 1998. El
artículo 38 de la Ley General de Electricidad No. 125-01 define como las
principales funciones del Organismo Coordinador las siguientes:
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Planificar y coordinar la operación de las centrales
generadoras de electricidad, de las líneas de transmisión, de la distribución y
comercialización del Sistema a fin de garantizar un abastecimiento confiable y
seguro de electricidad a un mínimo costo económico.
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Cooperar con La Comisión Nacional de Energía y La Superintendencia de
Electricidad en la promoción de una sana competencia, transparencia y equidad
en el mercado de la electricidad.
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| Misión |
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Somos un organismo independiente que planifica y coordina la
operación del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado de la Republica
Dominicana de forma segura, con la claridad adecuada y al mínimo costo; y
determina las transacciones económicas entre los Agentes del MEM, conforme a la
normativa.
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| Visión |
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Ser la entidad de mayor pro actividad, capacidad técnica y
credibilidad del sector eléctrico dominicano, con personalidad jurídica y alto
nivel de automatización e imparcialidad en su gestión, que coadyuve al
desarrollo sostenible del mercado.
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| Valores |
Grupo de Interés
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| Etica |
Consejo de Coordinación |
| Transparencia |
Agentes |
| Apego a la normativa
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Regulador |
| Imparcialidad |
Agentes |
| Productividad |
Agentes |
| Desarrollo Profesional |
Empleados |
| Trabajo en Equipo
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OC |
| Innovación |
Agentes
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| Servicio al Cliente
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Agentes |
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